1.- Partida de bautismo actualizada de cada una de las partes, con sello y firma del párroco. (Se pide en la Parroquia donde cada uno se bautizó, y tiene que ser actualizada para ver si se inscribió el matrimonio).
2.- Fotocopia del acta de matrimonio y del expediente matrimonial.
3.- Fotocopia simple del acta de divorcio civil
4.- Listado de testigos (aproximadamente 5) con domicilio, telefono, localidad y código postal. (Sería bueno incluir a algún psicólogo que lo haya tratado; pueden ser familiares directos -padres, hermanos, etc.; y que los hayan conocido a los dos desde el noviazgo y hasta el fin del matrimonio).
5.- Psicodiagnóstico (si es posible, realizado antes o durante el matrimonio; pero si es actualizado, sirve de todas formas). Deberá levantar el secreto profesional al psicólogo que realizó el informe para que el Tribunal pueda interrogarlo.
6.- Cartas enviadas entre los cónyuges, ya sea en el noviazgo o durante el matrimonio.
7.- Cualquier otra prueba que estime pertinente a fin de dilucidar la causa.
8.- Datos actualizados del cónyuge: domicilio, teléfono, código postal, localidad.
TASAS DE JUSTICIA Y HONORARIOS:
Tribunal Interdiocesano Bonaerense de 1° Instancia: 500$
Tribunal Eclesiástico Nacional de 2° Instancia y Apelación: 700$
Honorarios del Abogado: 2500$
* En todos los casos es posible pagarlos en cuotas, pero debe realizarse en efectivo y en pesos argentinos).
* El tiempo estimado de duración de las causas de nulidad matrimonial es de 4 años en Primera Instancia y de algunos meses a un año en Segunda Instancia. Esto siempre y cuando la otra parte no apele o interfiera negativamente en la causa (por ej.: porque refuta cada una de las afirmaciones del escrito inicial, pone abogado, testigos, presenta pericias de parte; o bien porque apele la Sentencia)
* Todas las causas tienen que tener 2 sentencias afirmativas de la nulidad, de no ser así -por ej.: que salga negativa en 1° instancia y positiva en 2° Instancia o viceversa- se debe acudir en 3° Instancia al Tribunal de la Rota Romana, donde la causa podría tardar unos 10 años aproximadamente.
* Si el otro cónyuge no desea presentarse, se lo declara ausente y la causa sigue su curso; pero en cualquier momento puede presentarse si así lo desea (aunque ya esté finalizando la 2° Instancia).
* Si el otro cónyuge se presenta, le dan traslado del escrito inicial al cual podrá contestar y eventualmente oponerse a lo dicho e incluso a los capítulos de nulidad planteados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Envíanos tu comentario, No te preocupes por la extensión, lo importante son tus sentimientos.
La Barca es un Blog abierto, todas las opiniones son bien recibidas, y nos sirven para mejorar en lo que hacemos y como lo hacemos.
Si quieres opinar sobre el tema del Post o sobre cualquier otro, hazlo con libertad.
Si La Barca no te sirve te pedimos disculpas, pero si te sirve, cuéntaselo a otro, entre todos lo haremos mejor y recuerda que La Barca es fundamentalmente tuya.