ASI SOMOS

Algunos nos llaman adúlteros, nosotros preferimos definirnos como:

católicos por el bautismo, comprometidos por la fe, independientes porque nadie nos ha lavado el cerebro, divorciados por que las circunstancias de la vida nos han llevado a un fracaso y en nueva unión porque creemos firmemente en la familia como célula básica de la sociedad y hacemos de la Comunión Espiritual nuestro alimento del alma y porque nos sometemos al Fuero Externo.

Todo esto aunque los retrógrados y preconciliares nos digan simplemente ADULTEROS.

febrero 20, 2009

NULIDAD (7 de 11 - Condiciones para que un matrimonio sea válido)


Ahora veremos cuales son las condiciones para que un matrimonio sea Sacramentado y en que circunstancia puede ser invalidado a pesar del consentimiento.

El Matrimonio Canónico tiene las siguientes propiedades o condiciones:

a) Esencialmente es el consorcio entre varón y mujer para toda la vida.

b) Es monogámico, indisoluble y sacramental.

c) El matrimonio Católico, por su misma índole natural, está ordenado al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole.

Quien no consienta y acepte el matrimonio así configurado, no lo contrae válidamente.

Cuando el Consentimiento fue inválido.

La Ley de la Iglesia contempla la posibilidad que el consentimiento, tan importante para la validez del Matrimonio, haya tenido algún defecto, algún error, que simplemente nulifique la validez del mismo.

Falta suficiente de razón: Pensemos en una persona con síndrome de Down (mongólico), en alguien que ni siquiera alcance un 0.50 de coeficiente mental, en un trastornado mental, aunque tenga momentos de lucidez, en una persona drogada, borracha o hipnotizada, etc..

Si la razón no funciona, tampoco lo hace la voluntad.

Grave defecto de discreción de juicio: Es la imposibilidad que tienen algunas personas de percatarse o de sopesar las Consecuencias de sus propias acciones.
No tienen capacidad critica o valorativa de las cosas.

No es que sean tontas, porque pueden haber alcanzado hasta un titulo universitario, pero a causa del desbordamiento de sus pasiones y sentimientos, se ven empujadas a obrar de una manera sin poder detenerse.

Los psicólogos hablan de inmadurez afectiva debida a angustias, ansiedades, indecisión permanente, narcisismo, vanidosos, susceptibles, dependientes, etc.
Lo que los hace incapaces del matrimonio es la falta suficiente de deliberación y de libertad interna.

No comprenden los derechos y deberes de la vida conyugal.

Son avasallados por un sentimiento, por una pasión, sin calcular consecuencias.

El temperamento artístico, sensible y apasionado por definición, entra a menudo en esta categoría.

Incapacidad de asumir las obligaciones esenciales: Aunque se parece al caso anterior, es distinto.

Personas normales pueden tener por la mala educación recibida, por malos hábitos en el campo de la sexualidad, etc. incapacidad para cumplir con lo pactado.

El matrimonio les resulta un contrato imposible y dado que nadie está obligado a cumplir lo que les resulta imposible, el Derecho Canónico los tiene por incapaces de casarse.

La Fidelidad, la perpetuidad, realizar el bien del otro cónyuge, atender a la crianza de los hijos, hacer uso normal, de la sexualidad, les resulta imposible sencillamente.

Este defecto debe ser anterior al matrimonio, grave e irresistible, debido a una causa psíquica.

Podríamos poner como ejemplo un hombre con tendencias homosexuales desde su adolescencia.

A pesar de haberse casado y haber tenido hijos con su mujer, no puede refrenar su atracción a los de su mismo sexo y frecuentemente peca con ellos, incapaz de serle fiel a su esposa.


Fuente:
Extracto del Folleto EVC Nº 175, titulado: Solteros otra vez! De R.P. Pedro Herrasti, S. M. (México)

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