ASI SOMOS

Algunos nos llaman adúlteros, nosotros preferimos definirnos como:

católicos por el bautismo, comprometidos por la fe, independientes porque nadie nos ha lavado el cerebro, divorciados por que las circunstancias de la vida nos han llevado a un fracaso y en nueva unión porque creemos firmemente en la familia como célula básica de la sociedad y hacemos de la Comunión Espiritual nuestro alimento del alma y porque nos sometemos al Fuero Externo.

Todo esto aunque los retrógrados y preconciliares nos digan simplemente ADULTEROS.

febrero 20, 2009

NULIDAD (9 de 11 - Más causas para tener muy en cuenta)


En este post se comentan diferentes causas de nulidad, las cuales abren un abanico inmenso de posibilidades, y quizás por poco conocidas es que muchos prefieren siquiera intentarlo.

Lo mismo podemos decir de aquel que excluye la indisolubilidad.

El Matrimonio Católico es para siempre, porque así lo quiere Dios textualmente.

La indisolubilidad, en la opinión de la Iglesia, se aplica a todos los Matrimonios, no solo a los católicos.

Los novios de cualquier religión son libres para casarse o no, pero una vez casados no pueden rescindir el contrato ni por divorcio civil ni por sí mismos.

Por lo tanto los que quieren casarse con la intención expresa o por un acto positivo de la voluntad de romper el vínculo matrimonial cuando alguna de las dos partes lo juzgue oportuno, no, contrae Matrimonio Canónico.

Tampoco puede excluirse la dignidad Sacramental del Matrimonio.

Que el Matrimonio sea uno de los siete Sacramentos instituidos por Jesucristo, es una verdad dogmática, irrefutable.

El Matrimonio no es tan solo una realidad natural, sino también sobrenatural por cuanto el Matrimonio Cristiano configura el misterio de la unión de Cristo con la Iglesia.

La Encíclica "Familiaris Consortio" dice: "representa el misterio de la Encarnación de Cristo y su misterio de Alianza" (n.13)

La Sacramentalización del Matrimonio no implica alteración alguna de su institución natural.

La Sacramentalidad pertenece a la esencia misma del Matrimonio Cristiano.

Hay identidad entre el contrato (consentimiento bilateral de los cónyuges) y el Sacramento. Por tanto si no hay consentimiento, no hay Sacramento y si no hay Sacramento, no hay contrato ni matrimonio.

Matrimonio condicionado: Se hace depender la validez del contrato al cumplimiento de una condición: si terminas la carrera, si te convienes al Catolicismo.

Hay condición propia cuando la circunstancia o el hecho es futuro e incierto (si llegas a ser ingeniero) o impropia cuando la condición pertenece al pasado o al presente: si eres fértil, sino has estado en la cárcel.

Las condiciones propiamente dichas, o sea las de cumplimiento incierto y futuro, sean suspensivas o resolutorias, hacen siempre inválido al Matrimonio.

El Miedo: La celebración del Matrimonio debe ser un acto plenamente libre: no permite coacción alguna.

Cuando existen amenazas de un grave mal si no se casan, no hay libertad y el Matrimonio es nulo.

Ejemplos: ir a la cárcel, amenaza de muerte, expulsión de la casa paterna, miedo reverencial a los padres, amenaza de suicidio, desheredación, palizas, etc.


Fuente:
Extracto del Folleto EVC Nº 175, titulado: Solteros otra vez! De R.P. Pedro Herrasti, S. M. (México)

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